Bienvenid@

Bienvenid@
Bienvenid@, soy Fabiana Olmos, te invito a que visites mi e-Portafolio y así conozcas lo interesante que es aprender sobre el Derecho Penal.

sábado, 24 de noviembre de 2007

UNIDAD 10: Fundamentacion antropológica del Derecho Penal

Unidad X: Fundamentacion Antropológica del Derecho Penal


* ¿Que conozco sobre el tema de la unidad?
Sobre este tema no tengo un conocimiento muy claro, pero, desde el momento que se trata de antropología lo relaciono con la intervención del hombre en el Derecho Penal, por lo que espero, una vez leído el texto poder comprender que es lo que significa en realidad la fundamentacion antropológica del Derecho Penal.

* Palabras claves de la unidad
Antropológico, hombre, Derecho Penal efectivo, Derecho Penal no efectivo, liberador, represivo, ejercicio de poder, fuerza, útil….

*Reflexión sobre la fundamentación antropológica del Derecho Penal
Evidentemente después de haber leído el texto de Zaffaroni, es importante reflexionar sobre la fundamentacion antropológica del Derecho Penal que parte de la pregunta del ¿Qué? del hombre, que en realidad viene a constituir la pregunta antropológica.
Si la Ley Penal quiere regularizar las acciones del hombre no puede inventarse al hombre, es por eso que se hace necesario fundamentar la ley penal en lo antropológico.
El Derecho Penal en nuestra cultura es para el hombre y no el hombre para el Derecho Penal, es decir, que el Derecho Penal es algo que le sirve al hombre porque como sabemos el Derecho Penal es un conjunto de normas jurídicas que regulan las conductas humanas y los efectos jurídicos emergentes del delito y las penas.
Asimismo, es importante reflexionar que el Derecho Penal debe ser efectivo, es decir, que será necesario que se respete la condición humana, y este respeto al hombre viene a constituir la fundamentacion antropológica del Derecho Penal. Ahora bien, si consideramos la efectividad del Derecho Penal, vemos que las nuevas tendencias del moderno Derecho penal como el Derecho penal del enemigo no respetan al ser humano al negarles su condición de personas, y los consideran como animales desconociendo que los mismos tienen razón y voluntad, por lo que puedo decir que esta tendencia del Derecho Penal al tener estas características no es un Derecho Penal efectivo, sino un Derecho Penal “no efectivo” y por tanto represivo reduciéndose a un mero uso de fuerza, llegando a convertirse en mi criterio en un mero ejercicio de poder por lo que no esta fundado en lo antropológico.
El Derecho Penal para que sea antropológicamente fundado, como dije anteriormente, debe regular la conducta humana; debe valorar la conducta de la misma sin contradicciones; al valorar la conducta humana no debe exigir lo imposible y finalmente se debe reconocer la autodeterminación del hombre, cuando no se cumplen estos requisitos nos encontramos frente a un simple ejercicio de poder y no a un verdadero Derecho penal.
La lectura del texto nos llama a reflexionar que el Derecho Penal antropológicamente fundado, tiene ciertas características que revelan su efectividad, a decir: el hombre no solo es razón sino también voluntad y que si bien la razón guía su voluntad, esta no nace de la razón, por otra parte se debe aclarar que el Derecho penal no da libertad al hombre sino que ayuda a que esa libertad sea exteriorizada, libertad que nace de su conciencia que es algo original del hombre, en forma individual y de ninguna manera colectiva, pero, lamentablemente en nuestra realidad y en estos tiempos las nuevas tendencias del Derecho Penal no respetan el “yo” de las personas y NO ayudan a que esa libertad sea exteriorizada porque de por si su libertad esta reprimida al sancionar personas y no hechos.
Zaffaroni en su texto señala que el Derecho penal antropológicamente fundado no se debe confundir con la moral, pero, todo Derecho Penal debe ser moral y ético ya que esta última se origina de las exigencias del grupo social, personalmente coincido con esta opinión por cuanto el Derecho Penal para ser efectivo y cumplir su función debe respetar la autonomía moral y ética de todos los hombres, pero eso no es lo que ocurre con las nuevas tendencias del Moderno Derecho Penal, como el Derecho Penal del enemigo que al considerar al hombre como un animal peligroso y una no persona, no le interesa su conciencia ni sus principios. Y por ultimo, en el Derecho Penal antropológicamente fundado debemos referirnos a la coexistencia del hombre porque este vive en sociedad y a la dinamicidad por los constantes cambios del hombre en el espacio y el tiempo, evidentemente el Derecho Penal debe amoldarse a los cambios constantes del hombre en la sociedad para servirse al mismo. Debe ser un Derecho Penal útil al hombre, por lo que debe respetar su condición humana con carácter prioritario y no quedarse en un uso de fuerza y poder, es decir, ser represivo como las actuales tendencias, sino que se debe pretender en un futuro lograr que el Derecho Penal sea verdaderamente efectivo.

* Síntesis de la unidad
La fundamentacion antropológica del Derecho Penal implica que para tener un Derecho Penal efectivo se debe respetar la condición humana y que tenga capacidad para mostrarse como un Derecho Penal “liberador”, en cambio, será un Derecho Penal “no efectivo” o represivo el que no cumpla con las características de un Derecho Penal antropológicamente fundado, y que se caracterice por el uso excesivo de la fuerza, llegando a constituir un mero ejercicio de poder.

*¿Qué conocimientos he adquirido sobre la unidad? ¿Cuáles son los resultados de mi reflexión sobre los temas de la unidad?
Después de haber estudiado este tema, puedo establecer que efectivamente, como dije en mi auto evaluación inicial este tema está íntimamente relacionado con la intervención del hombre en el Derecho Penal, puesto que el Derecho penal sirve al hombre al regular las normas jurídicas que regulan la conducta humana. Asimismo, pude aprender cuándo un Derecho Penal es efectivo y en que caso no es efectivo, pudiendo concluir que las Modernas tendencias del Derecho penal no son efectivas porque se quedan en un mero abuso de poder y no son antropológicamente fundamentadas.


Auto evaluación final:
¿Qué he aprendido sobre la parte general del Derecho Penal?
De la parte general del Derecho Penal, he aprendido bastante después de haber leído y estudiado muchas lecturas y discursos de diversos autores, de haber analizado y reflexionado temas desde el control social hasta un Derecho Penal del futuro contenidas en las diez unidades que están inmersas en mi E-portafolio. He aprendido que el Derecho Penal como normativa jurídica es un proceso vivo que va cambiando a través del tiempo, que debe prevenir y proteger mediante un control social los bienes jurídicos individuales y colectivos, sin dejar de lado los principios y garantías propias de un Estado de derecho. Asimismo, que el Derecho Penal debe respetar el principio de ultima ratio o sea debe intervenir en ultima instancia.
Además, aprendí sobre las nuevas tendencias del Moderno Derecho Penal como el Derecho penal del enemigo que desde mi punto de vista y desde el punto de vista de muchos autores, retorna a un Derecho Penal de autor, lo cual es motivo de bastantes críticas y polémicas entre los estudiosos de la materia. Y, en las ultimas unidades aprendí que por la globalización, el Derecho Penal ha sufrido y viene sufriendo cambios por lo que hace necesario que se busquen bases sólidas para un Derecho penal del futuro, y también sobre la necesidad de la fundamentacion antropológica del Derecho Penal, o sea, que el Derecho Penal debe ser en todas sus épocas efectivo, respetando la condición humana.

¿Cual es mi reflexión final sobre la parte general del Derecho Penal?
Verdaderamente muy satisfecha y contenta de haber ampliado mis conocimientos sobre esta rama tan interesante del Derecho. Como mencione anteriormente, aprendí bastante, y, pude concluir que el Derecho Penal es una rama que se distingue de las demás ramas del Derecho por su carácter coercitivo y de ultima ratio, y, que pese a las nuevas tendencias que se tiene y las que vendrán en un futuro, el Derecho Penal seguirá presente, pero, para ser efectivo se deberá respetar los derechos y garantías de las personas. Considero que la parte general del Derecho Penal es la base para continuar investigando esta rama jurídica por el resto de mi carrera, por lo que considero que es bastante importante, ya que incluso me ayudo a deducir mi propia perspectiva critica sobre el Derecho Penal.

¿Cuál es mi valoración sobre el E-portafolio o Portafolio electrónico como herramienta de aprendizaje y evaluación?
El E-portafolio es una herramienta de aprendizaje que verdaderamente ayuda a comprender mejor el tema que se esta desarrollando. Me ayudó mucho porque al hacer las síntesis, al sacar las palabras claves, y hacer mi auto-evaluación inicial y luego la final realmente me demuestra cómo se han ampliado mis conocimientos y todo aquello que he aprendido en cada una de las unidades. Por lo que le doy una valoración positiva y espero que mis trabajos les sirvan en algo para comprender lo interesante que es aprender sobre el Derecho Penal.

2 comentarios:

Freddy dijo...

Estimada Fabiana:

Gratamente sorprendido por la calidad de tu trabajo, fuiste la primera en acabar te E-portfolio, te dedicaste y no te diste por vencida. Eso demuestra tu carácter y virtudes.
¡Felicidades!
Como reconocimiento a tu gran esfuerzo y a la calidad de tu trabajo, te comunico formalmente que no tendrás necesidad de estar para las entrevistas y tampoco de rendir el examen final, con lo que hiciste basta y sobra.
Me hiciste sentir que, por lo menos contigo, valió la pena.
Saludos
Tu Profe.

Elver Galarga dijo...

fabi chonchuda!!!!!!!!!!!!!!!