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Bienvenid@, soy Fabiana Olmos, te invito a que visites mi e-Portafolio y así conozcas lo interesante que es aprender sobre el Derecho Penal.

domingo, 11 de noviembre de 2007

Unidad 5: Los principios del Derecho Penal del Estado de Derecho


*¿Que conozco sobre los temas de la unidad?

El Derecho Penal al realizarse debe basarse en ciertos principios que protegen las garantías de las personas y limitan el poder punitivo del Estado.

* Palabras claves de la unidad

Principio de Mínima Intervención, Principio de Subsidiariedad, Principio de Proporcionalidad de las penas, Principio de Legalidad, Principio de Especialidad, Principio de Non Bis in idem, Principio de Culpabilidad, Principio del Derecho Penal del Acto, Principio de prohibición de las penas trascendentales, Principio de Presunción de Inocencia, Principio de imputabilidad, Principio de dolo o culpa.

Mapa conceptual


Reflexión sobre los principios del Derecho Penal del Estado de Derecho
Después de haber leído el texto de Rubén Uriza Razo sobre los principios del Derecho Penal, realmente podemos señalar la importancia de los mismos para el funcionamiento de un verdadero Derecho Penal, por lo que no se los debe dejar de lado.
El Derecho Penal, con todos sus instrumentos debe basarse en estos principios, para tener un efectivo control social jurídico-penal en interés de los implicados en el conflicto, de la victima, de su agresor, e incluso de los testigos y demás intervinientes en el proceso. Sin embargo, si bien estos principios tratan de limitar el ius puniendi o poder punitivo del Estado que establece los delitos y sanciones, considero que en muchas circunstancias no son efectivos, porque se ven quebrantados.
Si en una sociedad donde se respetarían y cumplirían todos estos principios que rige el Derecho Penal seria bárbaro, pero lamentablemente la realidad social nos demuestra que no se respetan los mismos porque se quebrantan las garantías de las personas. Así, por ejemplo, el principio de intervención mínima y de subsidiariedad, nos señalan que el Derecho Penal, debe intervenir cuando se estén quebrantando los bienes jurídicos más importantes, lo que implica la fragmentariedad del derecho penal, y , su intervención debe darse una vez que se hayan agotado todas aquellas otras ramas protectoras de derechos, o sea, que el Derecho penal se lo debe utilizar como ultima ratio, pero, ¿realmente es así?, en nuestra realidad estos principios no se cumplen puesto que para cualquier conducta por mas simple que sea, interviene el Derecho Penal, lo cual configura un autoritarismo. El Derecho Penal, no puede ser tenido como única ratio para la solución de los problemas sociales, debe ser un recurso excepcionalísimo frente al conflicto social, ya que se pueden utilizar otras vías que atribuyen sanciones no penales como la civil o la administrativa, por ejemplo, el caso de una persona que no paga el canon de alquiler, ¿debe ser sancionada por el Derecho Penal?, ese caso le corresponde a la rama civil, además, cabe recordar que no existe prisión por deudas, pero, si se determina que ha habido una estafa, ahí si, debe intervenir el Derecho Penal, puesto que esa conducta esta tipificada como delito en el Código Penal, ya que si se estaría sancionando una conducta no tipificada en el mismo, se quebrantaría también el principio de legalidad. Asimismo, para el caso en que una conducta aparezca prevista por varios tipos penales debe aplicársela al caso concreto caso contrario se quebranta el principio de especialidad. Así también, si una sanción penal y una sanción civil, coexisten y tienen el mismo fundamento, se quebrantaría otro de los principios que es el principio de non bis in idem, porque se estaría sancionando dos veces por un mismo hecho, lo cual es inconcebible. El principio de proporcionalidad de las penas también se ve quebrantado en muchos casos, incluso las nuevas tendencias existentes no respetan este principio, y evidentemente es así, puesto que se admiten penas o medidas de seguridad exagerados o irracionales en relación con la prevención del delito, por lo que considero que se debe ver con atención la importancia social del hecho y no ser injusto al momento de tomar las decisiones.
Otro de los principios importantes, es la irretroactividad de la ley, pero es retroactiva en caso de que beneficie al reo, y personalmente me parece justo, puesto que se debe aplicar la ley mas benéfica vigente desde la comisión del delito hasta la extinción de la pena, pero, en la realidad casi nunca se da ese beneficio para el delincuente, no se cumple la excepción de este principio, y se han escuchado casos en que a los reos se les ha negado el beneficio de la libertad provisional sabiendo que estos tienen derecho a la libertad personal.



*Síntesis de la unidad
El Derecho Penal, cuando se lleva a cabo debe seguir ciertos principios que dan efectividad al control social jurídico penal, velando por el interés de los implicados en el conflicto, de la victima y, del agresor y también de los testigos y demás intervinientes en el proceso. Los principios del Derecho Penal, deben ser aplicados al momento de proteger los bienes jurídicos, puesto que el Estado, en su facultad de establecer delitos y sanciones, debe respetar las garantías y derechos de las personas, y no así abusar de su poder. Es por eso que podemos decir, que estos principios limitan el ius puniendi del Estado al estar legitimado por la voluntad del pueblo. Estos principios, son, los anteriormente mencionados, tienen una división teórica en tres grupos, de los cuales, los anteriores forman parte: Principios relativos a la función protectora del Derecho Penal, Principios relativos a la forma y aplicación de la norma penal, y, Principios que se desprenden del Concepto de culpabilidad.

*¿Qué conocimientos he adquirido sobre los temas de la unidad? ¿Cuáles son los resultados de mi reflexión sobre los temas de la unidad?
De este tema, he aprendido lo importante que son los principios del Derecho Penal, puesto que sin ellos el Estado haría un mal uso de poder, y, quebrantaría las garantías y derechos de las personas. Analice, como vieron, cada uno de los principios del Derecho Penal, y, saque mis propias conclusiones respecto a cada uno de ellos, estableciendo que su efectividad seria bárbara, sin embargo, muchos de ellos por la realidad en que vivimos se ven quebrantados. Así, como las personas tenemos ciertos limites que nos ponen las normas y nuestras conductas son controladas, el Estado también tiene ciertos limites con lo cuales estoy verdaderamente de acuerdo, por lo que de igual manera debe ser controlado.

1 comentario:

Freddy dijo...

Fabiana:
Revise la Unidad 5, te quedó muy bien, en general tu blog esta muy lindo.
Me agradan muchos tus comentarios, análisis y reflexiones.
Tu mapa conceptual me agrado mucho, esta muy bien hecho.
No me queda mas que felicitarte por el enorme esfuerzo que estas haciendo y por la calidad de tu trabajo.
Saludos.
Tu profe.